PROCEDIMIENTO
DE DISPENSACIÓN
1.
Procedimiento NORMAL
Se cobrará UN EURO por cada receta
prescrita por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a partir del día 1 de
enero de 2013, cuyo precio del
producto prescrito sea igual o superior a 1,67€
(PVP+iva). Afecta a las recetas en las que se prescriban medicamentos,
productos sanitarios,
fórmulas magistrales, vacunas individualizadas y
bacterianas, y productos dietéticos (la Consejería de Sanidad indicó por error
un precio diferente en
el documento de “preguntas/respuestas”, pero la Ley
establece categóricamente que el abono de la tasa procederá cuando el precio
sea
igual o superior a 1,67€).
NO se cobrará esta tasa en el
caso de recetas del SERMAS cuyo producto prescrito tenga un precio inferior a
1,67 € (PVP+iva). En el caso de recetas
con más de un envase/receta, solo se computará el precio de
uno de ellos a efectos del pago de la tasa (ejemplo: receta con 4 envases de
1,30€ cada
uno NO se cobrará la tasa)
Las recetas prescritas en otras comunidades autónomas no
estarán sujetas a esta tasa. Tampoco habrá que
cobrar la tasa por las recetas de MUFACE, MUGEJU, ISFAS u otras
entidades asimiladas, sea cual sea su importe.
Un
saludo
Francisco
Alvarez. Secretario
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